En muchas ocasiones escuchamos conceptos muy equivocados al decir «Yo solo trabajo como limpiadora o solo trabajo en un hogar particular» minimizando la importante tarea que realizan las trabajadoras del hogar.
Transcurría el año 1988 cuando se proclamó el 30 de marzo como el Día Internacional de las Trabajadoras del Hogar, esto en el primer congreso de trabajadoras del hogar, que se realizó en el país cafetero Colombia, específicamente en Bogotá.
En aquella reunión se discutieron muchos temas, pero uno de los puntos en particular fue la gran discriminación que sufren las personas que se dedican a desarrollar estas tareas, en aquel tiempo se veía la falta de leyes que les amparan, si bien hoy existen, aún son escasas en algunos países de Sudamérica, como ser establecimiento de un pago digno por su trabajo y el derecho al acceso a un seguro social por parte de los estados.
Las actividades que desarrollan son varias y muchas veces muy pocas valoradas o pasan desapercibidas. Los trabajos domésticos consisten en muchas actividades entre ellas:
La limpieza y orden del hogar, Cuidado de los niños, Cuidado de los ancianos, Elaboración de alimentos, Planchado y arreglos de prendas de vestir, Cuidado y poda de plantas (Jardines), Mantenimiento en hogar ya sea (Plomería, electricidad, pintura de la fachada, etc.) El «trabajo del hogar» trabajos domésticos, lo desarrollan hombres y mujeres y en nuestro país existe una ley que regula dicho empleo la LEY N° 5407 DEL TRABAJO DOMÉSTICO que consiste de 27 artículos.
El artículo 3 de la ley N° 5407 manifiesta en cuanto sigue:
Artículo 3°.- Serán considerados trabajadores domésticos las personas mencionadas en el Artículo 148 de la Ley Nº 213/1993 “QUE ESTABLECE EL CÓDIGO DEL TRABAJO”, cuyo texto se transcribe a continuación y leyes modificatorias.“Trabajadores domésticos son las personas de uno u otro sexo que desempeñan en forma habitual las labores de aseo, asistencia y demás del servicio interior de una casa u otro lugar de residencia o habitación particular.Son considerados trabajadores domésticos, entre otros: a) choferes del servicio familiar; b) amas de llave; c) mucamas; d) lavanderas y/o planchadoras en casas particulares; e) niñeras; f) cocineras de la casa de familia y sus ayudantes; g) jardineros en relación de dependencia y ayudantes; h) cuidadoras de enfermos, ancianos o minusválidos; i) mandaderos; y,j) trabajadores domésticos para actividades diversas del hogar.