En el marco de la innovación institucional en tecnología y con el objetivo de brindar el mejor de los servicios a las personas que precisen obtener su Certificado de Nacimiento, el Registro del Estado Civil presenta a la ciudadanía la Expedición Digital de Certificado de Acta de Nacimiento, desde la página web del Registro del Estado Civil que enlaza con el Portal Único de Gobierno.
Sobre el tema conversamos con el encargado de la oficina del Registro Civil en el departamento, el Sr. Gerardo Penner, el mismo menciono en detalle acerca de este nuevo servicio habilitado para que la ciudadanía pueda de manera sencilla haciendo uso incluso del celular o la computadora acceder y expedir este documento.
El proceso será rápido y sencillo. Los interesados en utilizar esta opción podrán ingresar desde el botón EXPEDICIÓN ELECTRÓNICA que derivará al Portal Único del Gobierno. Una vez ingresada su identidad electrónica ir al Menú del Registro del Estado Civil, y seleccionar Certificado de Acta de Nacimiento, seleccionar Generar nuevo, se previsualizará el Certificado del Acta de Nacimiento, para la verificación de los datos. En caso de que no genere su certificado de Nacimiento o que le despliegue un mensaje de error: Los certificados de las actas que no se encuentren digitalizadas, se deberán solicitar de forma presencial, y se expedirán de forma tradicional, si se solicita en la oficina del Registro del Estado Civil donde fue inscripto se podrá retirar en el día. En el caso de ser solicitado en la Sede Central o en alguna de las Cabeceras Departamentales se le entregará una contraseña para su posterior expedición física o electrónica.
Seleccionar la forma de pago, seguidamente se desplegará el certificado solicitado con la firma electrónica del Director General y cuenta con código QR de verificación. Vale mencionar que a este servicio aceden los que ya tengan sus datos dentro del sistema del Registro Civil, para los recién nacidos no se aplica todavía.
En la oficina del registro civil de Loma Plata están disponible estos servcios:
1.Expedición de certificado de nacimiento
2. Certificado de matrimonio
3. Certificado de defunción
Respecto a este ultimo, (el certificado de defunción) don Gerardo aprovecho para avisar a la ciudadanía que dicha inscripción debe realizarse dentro de las 24 horas pasado ese plazo ya se complica y deberá realizarse vía judicial.
El REC sigue trabajando incansablemente para proporcionar un servicio registral y documental eficaz y oportuno con el que se pueda asegurar a los ciudadanos el acceso a sus certificados de nacimientos.