Inicia veda pesquera.

Foto: mades.gov.py

En contacto con nuestra emisora el Director General de Protección y Conservación de la Biodiversidad del MADES nos informó acerca de la veda pesquera con aguas compartidas con los países vecinos Argentina y Brasil respectivamente que ya inició el día de ayer 2 de noviembre fecha de inicio con ambos países pero con fecha de culminación diferentes. El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), mediante la Resolución N° 280/2020 estableció el periodo de veda pesquera 2020-2021, que inicia a partir del lunes 2 de noviembre en todo el territorio nacional y se extiende hasta el 18 de diciembre del presente año, para las aguas compartidas con Argentina y hasta el 31 de enero de 2021, para las aguas compartidas con Brasil.

En cuanto a la prohibición el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable establece la prohibición realizar las modalidades de pesca deportiva y comercial; como así también la utilización de artes de pesca, el transporte y la comercialización de productos pesqueros. En cuanto a las fechas designadas se definieron teniendo en cuenta los intereses de aspecto biológico, social y ambiental; en este plazo no se podrá pescar en aguas compartidas entre ambos países que comprenden los ríos Paraná, Paraguay, Apa y Pilcomayo.

En cuanto a la pesca de subsistencia de conformidad al art. 21 de la Ley N° 3556/08 “De Pesca y Acuicultura”. La misma lo podrán realizar con con anzuelos, liñada o caña con o sin reel y solo podrá ser practicadas desde la riberas y por los ribereños, los mismo deberán portar su Licencia de Pesca Comercial, quedando prohibido el uso de de todo tipo de embarcaciones para actividades pesqueras. Los productos de esta pesca no podrán ser comercializados.

Referente a la pesca producción la normativa igualmente exceptúa de la veda a este tipo de pesca, que se realiza mediante la acuicultura, conforme a lo dispuesto en el artículo 47 inc. f) de la Ley 3556/08 “De Pesca y Acuicultura”; solo se permite comercializar algunas especies, como tilapia, carpa, boga, pacú y carimbatá. 

Finalmente Mandelburguer mencionó con respecto a los controles realizarán verificaciones y fiscalizaciones en rutas, comercios, transportes y fluviales, para hacer cumplir efectivamente las normativas ambientales y en relación a las multas a ser aplicadas oscilan entre 3.001 y 10.000 jornales mínimos. Esto, independientemente a responsabilidades penales en virtud de la Ley 716/96 “Que Sanciona Delitos contra el Medioambiente”.

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