Según la disposición N° 19/2020 de la Dirección Nacional de la Patrulla Caminera dispone la ampliación temporal para la aplicación de sanción respecto al vencimiento de las documentaciones habilitante para la circulación vial de vehículos automotores y conductores en el ámbito de competencia institucional. En vista de la pandemia actual se busca preservar la salud de las personas el brote masivo del virus y en ese sentido por tanto, es necesario establecer temporalmente consideración especial respecto a documentaciones habilitantes para la circulación vial de conductores y vehículos automotores.
A fin de que tengan la oportunidad de realizar esa gestión sin la necesidad de aglomerarse en las entidades que correspondan y que conforme al Dictamen C.G.J. N° 103/2020 de la Coordinación General Jurídica de la institución, no existen impedimentos para la extensión del periodo de consideración temporal, respecto a las documentaciones habilitantes fenecidas desde el mes de marzo de 2020.